Nuevos decretos de vivienda: ¿qué cambia para propietarios e inquilinos?

Si tienes una vivienda en alquiler, o vives de alquiler, seguro que estos días has oído hablar mucho de los nuevos decretos de vivienda. Desde este miércoles 7 de octubre ya son oficiales: el BOE ha publicado los dos reales decretos-ley que el Gobierno aprobó de nuevo el martes.

En URVEX queremos que lo tengas todo claro y sin complicaciones, así que te contamos con calma qué incluye cada decreto, cuándo entra en vigor y qué conviene revisar en tus contratos de alquiler.

Se trata de una normativa de ámbito nacional, por lo que también se aplica en Aragón, y sus efectos concretos dependerán de las circunstancias de cada contrato.

¿Qué se ha publicado y cuándo entra en vigor?

Lo primero es ordenar las fechas, porque cada decreto sigue su propio camino:

  • El primer decreto entra en vigor este jueves 8 de octubre y reúne la mayor parte de las medidas
  • El segundo decreto, centrado en la renovación automática de los alquileres, tiene prevista su entrada en vigor el 15 de noviembre y depende de que sea convalidado
  • La Diputación Permanente del Congreso votará ambos textos el 16 de octubre
  • Las elecciones generales están convocadas para el 29 de noviembre

Según las previsiones, el primer decreto contaría con el apoyo del PNV, mientras que el segundo previsiblemente no reuniría los apoyos necesarios.

Lo más prudente es seguir la votación del 16 de octubre antes de tomar decisiones importantes sobre tus contratos.

Primer decreto: novedades para los alquileres

Estas son las medidas más relevantes para propietarios e inquilinos:

  • Una prórroga extraordinaria de hasta dos años, que los inquilinos podrán solicitar en determinados contratos de vivienda habitual cuya prórroga termine antes del 31 de diciembre de 2028, manteniendo las condiciones pactadas
  • Una limitación de la actualización anual de las rentas hasta finales de 2027
  • La regulación del alquiler de temporada, que deberá tener una causa real y una duración de entre 31 días y 12 meses
  • En el alquiler por habitaciones, la suma de lo cobrado no podrá superar el precio del alquiler de la vivienda completa
  • La posibilidad de que el inquilino deje la vivienda pasados seis meses, con 30 días de preaviso
  • Más información en los anuncios de alquiler, sobre todo en zonas tensionadas

Estas medidas buscan dar estabilidad a los inquilinos y claridad a los propietarios, por eso conviene revisar con calma cómo afectan a cada contrato.

Para los contratos que vencen antes de 2029, este decreto cambia la forma de planificar los próximos meses.

Protección para familias y ayudas para comprar

Además de los cambios en los contratos, la norma incorpora medidas de apoyo social. Los desahucios de personas vulnerables sin alternativa de vivienda quedarían suspendidos hasta el 31 de diciembre de 2030, y las administraciones cubrirían las rentas pendientes y las costas cuando las familias no puedan afrontarlas. Así se busca dar tranquilidad a los inquilinos sin dejar sin respaldo al propietario.

Para quienes desean comprar, llega el programa «Tu Casa»: préstamos del ICO sin intereses de hasta 50.000 euros para la primera vivienda, con 10.000 millones de euros de dotación. Además, se limitan las compras de fondos y grandes tenedores hasta finales de 2030.

Más ayudas para comprar la primera vivienda pueden animar a más personas a dar el paso de la compra.

Segundo decreto: renovación automática de los alquileres

El segundo texto plantea que los contratos de vivienda habitual se renueven automáticamente por periodos de cinco años, o de siete cuando el propietario sea una persona jurídica. El propietario podría evitar la renovación comunicándolo con seis meses de antelación y abonando una indemnización al inquilino, mientras que el inquilino necesitaría dos meses de preaviso.

La indemnización se calcularía con los precios de referencia del Estado y podría equivaler a 12 mensualidades o a una mensualidad por año de residencia. Según lo publicado, se aplicaría a los contratos que venzan una vez que el decreto esté en vigor.

Es la medida más ambiciosa del paquete, y su futuro se decidirá en la votación del 16 de octubre.

¿Qué deben tener en cuenta los propietarios?

Si tienes una vivienda en alquiler, o estás pensando en ponerla, te recomendamos revisar estos puntos:

  • La fecha de vencimiento de tus contratos, para saber si tus inquilinos podrían solicitar la prórroga extraordinaria
  • El tipo de contrato, ya que el alquiler de temporada deberá justificar su causa real y respetar los plazos
  • Los plazos de preaviso y el resto de condiciones pactadas con tu inquilino
  • Cómo queda la votación de la Diputación Permanente

Planificar con tiempo la rentabilidad de cada inmueble te ayudará a tomar decisiones con más tranquilidad.

Si tienes dudas sobre cómo encajan estas medidas con tus contratos, en URVEX estaremos encantados de revisarlo contigo y orientarte.

Cada contrato es distinto, así que revisar tu caso concreto es siempre el mejor primer paso.

¿Qué deben tener en cuenta los inquilinos?

Para quienes viven de alquiler, estas medidas ofrecen más margen para permanecer en la vivienda y más flexibilidad si necesitan marcharse. Si tu contrato vence en los próximos meses, anota la fecha y consulta con calma qué opciones tienes.

Y si estás pensando en cambiar de vivienda, recuerda que la posibilidad de marcharte pasados seis meses, con 30 días de preaviso, te da más flexibilidad para planificar tu próximo paso.

Mantener una comunicación fluida con el propietario facilita que ambas partes lleguen a un acuerdo que funcione para los dos.

El diálogo entre propietario e inquilino sigue siendo la mejor forma de evitar sorpresas.

Nuestra recomendación

Decidas lo que decidas, te acompañaremos para que tomes la mejor decisión con información y tranquilidad.

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